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¿Qué es una discapacidad?

La discapacidad no es un atributo de la persona, sino una complicada colección de condiciones, muchas de las cuales son creadas por el ambiente social.
Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, 2002 (OMS)

No existe una definición universalmente aceptada de “discapacidad”, aunque se han hecho varios intentos de producir una. La Organización Mundial de la Salud (OMS) en su Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) tiene en cuenta los aspectos sociales de la discapacidad y no ve la discapacidad solo como una disfunción “médica” o “biológica”. La OMS distingue dos conceptos clave del siguiente modo:
Deficiencia: cualquier pérdida o anormalidad psicológica, fisiológicao de las funciones corporales o estructurales, por ejemplo, parálisis o ceguera.
Discapacidad: toda restricción o ausencia (debida a una deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen considerado normal para un ser humano1.

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006) afirma que “la discapacidad es un concepto que evoluciona y la discapacidad resulta de la interacción entre las personas con impedimentos, las barreras ambientales y la actitud que impide su participación plena y eficaz en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás”. De acuerdo con el artículo 1, “las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tienen a largo plazo impedimentos físicos, mentales, intelectuales o sensoriales…”2. La medida en que estas alteraciones discapacitan a alguien depende del nivel de los obstáculos con que se enfrenta en la sociedad.

La posición más reciente adoptada por los organismos internacionales es que la discapacidad es una consecuencia de una interacción dinámica entre, por un lado, la salud de una persona y otros factores personales (como la edad, el sexo, la personalidad o el nivel de educación) y, por otra, el entorno físico y social en que se encuentra. Este enfoque se conoce como el “modelo social de la discapacidad”.

¿Quién está discapacitado?

La discapacidad es una cuestión de percepción. Si se puede hacer solo una cosa bien, alguien te necesita.
Martina Navratilova

La OMS estima que más de mil millones de personas, aproximadamente el 15% de la población mundial3, tiene algún tipo de discapacidad y que solo alrededor del 5% de las discapacidades son congénitas. El 80% de las personas con discapacidad viven en países en desarrollo, según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)4. El Banco Mundial estima que el 20% de las personas más pobres del mundo son discapacitados.5
Las personas con discapacidad se conocen como la minoría más grande del mundo, pero, a diferencia de la mayoría de los grupos minoritarios, este siempre está abierto: cada uno de nosotros puede convertirse en miembro de él en cualquier momento a causa de un accidente, una enfermedad o del envejecimiento. La discapacidad es, por lo tanto, parte de la condición humana. En la gran mayoría de los casos la discapacidad se cree que es el resultado de factores sociales, económicos o políticos, accidentes o conflictos armados. Actualmente, puede haber más factores que contribuyen a la incidencia de la discapacidad, como la contaminación del medio ambiente, el VIH/SIDA y el uso indebido de drogas. La discapacidad es también un problema de desarrollo, debido a su doble relación con la pobreza: la discapacidad puede aumentar el riesgo de pobreza, y esta puede aumentar el riesgo de discapacidad6. De hecho, el 50% de las discapacidades son prevenibles y están directamente vinculadas a la pobreza7.

Según la OMS, alrededor del 10% de los niños y los jóvenes del mundo, unos 200 millones tienen deterioros sensoriales, intelectuales o de la salud mental.

Hay grupos dentro de la comunidad de personas con discapacidad que tienen en común una historia sociocultural. Algunos grupos comparten un idioma común, como el lenguaje de señas americano o francés, Braille, o incluso algunos términos específicos que se utilizan para hablar de discapacidad o de ellos mismos. A menudo comparten costumbres y tradiciones, como celebrar sensibilización sobre la discapacidad y el orgullo. Hoy las personas con discapacidad a menudo son vistas como un grupo cultural específico dentro de una sociedad diversa. Una cultura de la discapacidad puede valorar y celebrar las vidas de las personas con discapacidad, reconociendo que no son necesariamente una tragedia, ni deben ser devaluadas.

Pregunta: ¿Puedes pensar en las películas o los libros donde hay personas con discapacidad? ¿Presentan una imagen positiva de la discapacidad?

La discapacidad como una cuestión de derechos humanos

Eugenesia y la amenaza a la vida

Los Estados deben promover medidas encaminadas a modificar las actitudes negativas que aún siguen prevaleciendo en la sociedad ante el matrimonio, la sexualidad y la paternidad o maternidad de las personas con discapacidad, particularmente de las niñas y las mujeres con discapacidad.
Estándares de las Naciones Unidas sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad

El derecho a la vida es el derecho humano más básico; sin embargo, a lo largo de la historia, ha habido veces en que se ha puesto en peligro la vida de las personas con discapacidad, porque se consideraba que eran menos valiosas que las personas “normales”. La teoría del darwinismo social y el movimiento de la eugenesia promovieron la idea de que los “genes” podría ser mejorados a través de la intervención humana, y jugaron un papel importante en etiquetar a las personas con discapacidad como “inferiores”. La eugenesia llegó a su punto álgido en la Alemania nazi, con el resultado de la muerte de más de 200.00 personas con discapacidad que fueron algunas de las primeras víctimas de los campos de concentración durante la Segunda Guerra Mundial8. A pesar de que el movimiento ha sido en gran medida desacreditado, las ideas y prácticas eugenésicas continúan hoy de diversas formas, incluyendo la esterilización forzada y el aborto selectivo. La eugenesia negativa es el término dado a la práctica de desalentar o impedir que la gente considerada “inadecuada” procree. Con el desarrollo de la ciencia médica, las creencias neu-eugenistas están encontrando nuevos adeptos. El diagnóstico prenatal y la amniocentesis proporcionan a los posibles padres el poder de decidir “quién debe y quién no debe habitar el mundo”.

Esterilización forzada en Europa

Cinco grupos de derechos humanos unidos contra la esterilización forzada de las mujeres con discapacidad en Francia. En agosto de 2011 presentaron observaciones por escrito9 al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso de Gauer y otros vs o contra Francia10, provocado porque cinco jóvenes mujeres con discapacidad mental fueron esterilizadas sin su conocimiento o consentimiento. Los demandantes declararon que sus derechos a la vida familiar, a casarse y a estar libre de un trato degradante y de discriminación consagrados en la Convención Europea de Derechos Humanos habían sido violados. La coalición de los cinco grupos esperan que el Tribunal pueda tomar una decisión positiva y, de esa manera, reforzar la autonomía de las mujeres con discapacidad en relación con su salud reproductiva. El caso aún está pendiente en este momento.

¿El derecho a elegir?

El movimiento por los derechos de los discapacitados ha planteado interrogantes acerca del “aborto selectivo”, o el aborto sobre la base de malformación del feto. Mientras que el movimiento de defensa de los derechos de las mujeres, apelando a los valores de la libertad y de la autonomía de la mujer, tiende a reconocer a la mujer el derecho incondicional a abortar, el aborto selectivo encuentra una fuerte oposición entre los activistas de los derechos de los discapacitados. Afirman que los futuros padres deberían tener una información objetiva e imparcial sobre la discapacidad y se les debería ofrecer apoyo. Si esto sucediera, es probable que el número de mujeres que optase por abortar un feto con discapacidad sería menor. Los estándares de la ONU sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (1993) han contribuido de manera parcial a reconocer, no solo los derechos de las personas con discapacidad a tener relaciones sexuales o tener hijos, sino también la necesidad de abordar los prejuicios sociales sobre este tema. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece el derecho a una vida libre de tortura y malos tratos, al respeto de la vida privada y familiar, a fundar una familia y estar libre de discriminación por motivos de discapacidad.

Pregunta: ¿Debe permitirse a los padres abortar un feto con el argumento de su malformación? ¿Qué podría considerarse malformación?

Derechos de las personas con discapacidad

Tampoco me gustan las personas que te hablan como si fueses tonto. Son como las personas que al caminar contigo acortan los pasos para adaptarse a los tuyos; la hipocresía en ambos casos es exasperante.
Helen Keller, activista de sordos y ciegos y autor

Los movimientos, cada vez mejor organizados y haciendo oír más su voz, de las personas con discapacidad han estado detrás del crucial cambio de paradigma, el cambio de ver la discapacidad no como una tragedia personal sino como una cuestión de derechos humanos. El trabajo de los movimientos de las personas con discapacidad, llevó a la cuestión de “nada sobre nosotros sin nosotros” y a un cambio de política; de un modelo médico a un modelo de los derechos humanos: del “paciente” al “ciudadano”. La cuestión clave es que las personas con discapacidad deben tener los mismos derechos que las personas sin discapacidad, y que la discriminación por estos motivos debe ser proscrita.

Modelos médicos y sociales de la discapacidad

Antes de la década de los 70, las personas con discapacidad se consideraban errores médicos y víctimas de las circunstancias, merecían lástima. Estas son las principales características del “modelo médico” de la discapacidad, que ubica el problema con firmeza en la persona y que solo una “cura” médica podría eliminar.
En contra de este modelo dominante, un cambio importante en la forma de pensar se llevó a cabo en la década de 1960, inicialmente en los Estados Unidos, con el “movimiento de vida independiente”. El cambio de paradigma ve la solución al problema de la discapacidad en la reestructuración de la sociedad y la eliminación de los obstáculos. Esta comprensión de la discapacidad se conoce como el modelo social. El objetivo se centra en la eliminación de las barreras, en la promoción de actitudes positivas y en asegurar leyes y políticas de apoyo al ejercicio de la plena participación y la no discriminación. Se sugiere que las desventajas individuales y colectivas sufridas por las personas con discapacidad son principalmente el resultado de una compleja forma de discriminación institucional que está profundamente arraigada en nuestra sociedad como el sexismo o el racismo.

El modelo médico pide: El modelo social pide:
¿Qué te pasa? ¿Qué hay de malo en la sociedad? ¿Cuál es la realidad social, económica, política y/o las condiciones ambientales que tienen que cambiar para facilitar el pleno disfrute de todos los derechos a todas las personas con discapacidad?
¿Tus dificultades de compresión de la gente se deben principalmente a un problema de audición? ¿Son tus dificultades en la comprensión de la gente sobre todo la causa de tu incapacidad para que se comuniquen contigo?
¿Te mudaste aquí debido a tu problema de salud? ¿Qué deficiencias en tu vivienda te han llevado a mudarte aquí?
¿Tu problema de salud /discapacidad te impide salir tan a menudo o tan lejos como quisieras? ¿Hay problemas de transporte o financieros que te impidan salir tan a menudo o tan lejos como quisieras?12
   

El enfoque de la discapacidad basado en los derechos tiene como objetivo capacitar a las personas con discapacidad y garantizar su participación activa en la vida política, económica, social, y en la vida cultural de una manera que sea respetuosa y complaciente con su diferencia.
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

 

El modelo médico sigue prevaleciendo en muchos países en la actualidad y el modelo social no es universalmente aceptado o aplicado. A pesar de su innegable importancia, al concentrarse en factores de tipo social, el modelo social puede perder de vista algunos factores personales esenciales, por ejemplo, el dolor de una severa discapacidad. Una activista discapacitada lo expuso de esta manera: “podemos insistir en que la sociedad nos inhabilita por sus prejuicios y por su incapacidad para satisfacer las necesidades creadas por la discapacidad; pero negar la experiencia personal de la discapacidad es, al final, confabular en nuestra opresión”.13 Los activistas que luchan por los derechos de las personas con discapacidad reconocen que el modelo social debe ir más allá de decir que “la discapacidad está creada por el entorno”. Sostiene que es importante no ver a las personas con discapacidad ni como víctimas pasivas de un daño médico, ni como víctimas pasivas del entorno. Más bien, deben ser consideradas agentes activos con plenos derechos y capacidad de ejercer su autonomía sobre sus propias vidas.

Los sistemas de protección social han impedido a menudo a personas con discapacidad tomar el control de sus propias vidas. Sin embargo se debería facilitar la participación activa de las personas con discapacidad. Esto, sin embargo, debe complementarse con el reconocimiento de que las personas con discapacidad tienen derecho a la ayuda social con independencia de su posible contribución a la sociedad. La inclusión de estas requiere también poner en práctica las políticas y los programas que se encargan de eliminar los obstáculos y garantizar el ejercicio de los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales.

La igualdad y la no discriminación

La Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirma que todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son universales y, por lo tanto, comprenden sin reservas a las personas con discapacidad.
Declaración de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, 1993

La mayoría de las preocupaciones en materia de derechos humanos relativas a las personas con discapacidad están conectadas a la discriminación. Las personas con discapacidad tienen derecho a exactamente a lo mismo que las personas sin discapacidad, sin embargo, están sujetos a la discriminación directa e indirecta y a la exclusión en casi todas las áreas de la vida; ya sea a causa de los prejuicios sociales, o de los problemas estructurales de la sociedad, o por sus propias deficiencias.
Esto significa que a menudo necesitan esfuerzos positivos de la sociedad para que tengan la misma oportunidad de participar. En particular, esto se puede aplicar a otras esferas, como el acceso a la información, la salud, la educación y el empleo. La acción positiva trata de promover la representación de grupos particulares que tradicionalmente han sufrido discriminación, con el objetivo de crear una sociedad más igualitaria.

Alojamiento razonable

La no discriminación incluye el concepto de alojamiento razonable que debe realizarse para las personas con discapacidad. Alojamiento razonable implica llevar a cabo, cuando sea necesario, las modificaciones y ajustes, que no imponen una carga excesiva o desproporcionada, por lo que las personas con discapacidad puedan disfrutar de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con otros14. Tal adaptación razonable se lleva a cabo, por ejemplo, en los casos en los que a una persona con discapacidad se le dan soluciones a la medida y el acceso a la información, el transporte, el lugar de trabajo, instalaciones y servicios. Su objetivo general es facilitar la participación en la comunidad.

La discapacidad y los instrumentos de derechos humanos

Puedes encontrar una lista completa de los principales instrumentos del CRPD de las Naciones Unidas en http://www.hrea.org

La discapacidad no se menciona específicamente en ninguno de los principales instrumentos internacionales de derechos humanos elaborados antes de 1961, la Carta Social Europea es el primer tratado internacional que incluye disposiciones explícitas sobre los derechos de las personas con discapacidad. Como complemento a la Carta Internacional de Derechos Humanos, los siguientes textos clave abordan específicamente los derechos de las personas con discapacidad:

1971 Declaración de los derechos de las personas con retraso mental15
1975 Declaración sobre los derechos de las personas con discapacidad
1982 Programa de acción mundial para las personas con discapacidad
1983-1992  Década internacional de las personas con discapacidad
1993 Normas estándares de las Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad
1993 La declaración de Viena sobre los Derechos Humanos
2006 Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad (CRPD de las Naciones Unidas)

Before the coming into force of the UN CRPD, the Convention on the Rights of the Child was the only legal UN instrument which explicitly prohibited discrimination on the basis of disability.

La creación de muchos de los principales instrumentos de derechos humanos fue provocada por los movimientos de las personas con discapacidad. A pesar de que los principales instrumentos internacionales de derechos humanos tienen un gran potencial para promover y proteger estos de las personas con discapacidad, este potencial no ha sido explotado completamente. Este fue el principal motivo para la creación de la nueva convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad

La convención fue aprobada en 2006 y es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante de las Naciones Unidas para los discapacitados, que establece las normas mínimas que los gobiernos están obligados a cumplir con el fin de garantizar que las personas con discapacidad puedan obtener los beneficios de sus derechos civiles, políticos, económicos y sociales. La Convención reconoce explícitamente la discapacidad como una cuestión de derechos humanos. Si bien la Convención no crea nuevos derechos, prohíbe la discriminación contra las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la vida, incluidos los derechos civiles, el acceso a la justicia y el derecho a la educación, los servicios de salud y el acceso a los medios de transporte. El protocolo facultativo de la CRPD de las Naciones Unidas permite presentar reclamaciones que se presentarán a la CDPD Comité por las personas y los grupos de personas, alegando que sus derechos han sido violados por los Estados miembros del protocolo16.

105 States have ratified and 153 States have signed the UN CRPD since 2006; The Optional Protocol to the UN CRPD has 90 signatories and 63 ratifications. (data as of September 2011)

La convención subraya el mayor riesgo de pobreza para las personas con discapacidad, y a la vez hace hincapié en las múltiples formas de discriminación que afectan a las minorías, las mujeres y las niñas con discapacidad. Sobre todo, la Convención subraya la obligación de que las organizaciones de la sociedad civil de las personas con discapacidad participen activamente en su aplicación. El artículo 3 de la Convención establece un conjunto de principios generales que sirvan para la interpretación y aplicación de esta:

  • Respeto inherente a la dignidad y autonomía de la persona, incluida la libertad de hacer sus propias elecciones, y la independencia de las personas.
  • No discriminación.
  • Participación plena y efectiva y la inclusión en la sociedad.
  • Respeto a la diferencia y aceptación de las personas con discapacidad, como parte de la diversidad humana y de la humanidad.
  • Igualdad de oportunidades.
  • Accesibilidad.
  • Igualdad entre hombres y mujeres.
  • Respecto a la evolución de las capacidades de los niños con discapacidad y respeto por el derecho de estos para preservar sus identidades.

La Alianza Internacional sobre Discapacidad promueve la aplicación efectiva de la CRPD de las Naciones Unidas por todo el mundo a través de la participación coordinada de de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad.17

El hecho de que las personas con discapacidad son a menudo víctimas de la toma de decisiones de otras personas es un motivo de especial preocupación. El artículo 12 de la ONU CPRD trata de corregir este enfoque, el reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y la promoción de medidas para apoyar su derecho a ejercer su capacidad legal, por ejemplo, eliminando la práctica de nombrar un tutor que tome las decisiones en su nombre y, en su lugar, proporcionando apoyo a las personas con discapacidad para que puedan tomar sus propias decisiones. Este artículo es un requisito previo indispensable para hacer realidad algunos de los demás derechos de la Convención, como el derecho a la participación política, el acceso a la justicia o el derecho a tener una familia.

El Consejo de Europa y los derechos de las personas con discapacidad

El Consejo de Europa ha sido un importante actor de los derechos humanos en el ámbito de la discapacidad. La Carta Social Europea (1961) contiene disposiciones sobre los derechos de las personas con discapacidad a la independencia, a la integración social y a la participación en la vida de la comunidad.

 

Carta Social Europea, artículo 15

Con el fin de garantizar el ejercicio efectivo del derecho de las personas con discapacidad física o mental a la formación profesional, la rehabilitación y el reasentamiento, las partes contratantes se comprometen:
1. A adoptar las medidas adecuadas para la prestación de servicios de formación, incluyendo, cuando sea necesario, instituciones especializadas, ya sean privadas o públicas.
2. A adoptar las medidas adecuadas para la inclusión de las personas con discapacidad en materia de empleo, tales como servicios especiales de contratación, posibilidades de empleo protegido y medidas destinadas a estimular a las empresas a contratarles.

El “plan de acción para promover los derechos y la plena participación de las personas con discapacidad en la sociedad: la mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad en Europa 2006-2015” del Consejo de Europa, establece medidas específicas destinadas a ser aplicadas por los Estados miembros en las esferas de la participación en la vida política y pública, la educación, la atención sanitaria, o de conciencia. Posee importantes aspectos intersectoriales: las mujeres y las niñas con discapacidad, los niños con discapacidad, las personas con alta necesidad de apoyo, el envejecimiento y las personas con discapacidad pertenecientes a las minorías. El plan de acción también es visto como un instrumento de política para ayudar a los Estados miembros a poner en práctica el CRPD de las Naciones Unidas y, en última instancia integrar la discapacidad en todos los ámbitos de la política de los Estados miembros del Consejo de Europa.

LA UE y las acciones políticas en materia de discapacidad

Una de las principales campañas del EDF, la libertad de circulación, pide que se adopten medidas para eliminar las barreras que enfrentan las personas con discapacidad en toda la UE, para viajar, acceder a las principales mercancías y los servicios, al transporte, al estudio, al trabajo o la información.
www.edf-feph.org

A nivel de la Unión Europea, el Foro Europeo de la Discapacidad (EDF) - una organización central europea que representa los intereses de 80 millones de personas con discapacidad, ha hecho presión con otros actores para el reconocimiento de los derechos de estas personas. El resultado es una referencia específica a la discriminación por motivos de discapacidad en el Tratado de Ámsterdam, y la Directiva de la UE sobre la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, por la que se prohíbe la discriminación en el ámbito del empleo por razones de discapacidad y fomenta el alojamiento razonable.
El artículo 26 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE (2000) reconoce y respeta el derecho de las personas con discapacidad a beneficiarse de medidas que garanticen su autonomía, su integración social y profesional y su participación en la vida de la comunidad. En 2010 la Comisión Europea adoptó la Estrategia sobre Discapacidad de la UE 2010-2020, cuyo objetivo es capacitar a las personas con discapacidad para que puedan beneficiarse plenamente de su participación en la sociedad y en la economía europea.

Las barreras psicológicas existen en la medida en que la mayoría de las personas siguen viendo la discapacidad y no a la persona.
Karina Chupina

La Unión Europea ha ratificado la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, convirtiéndose en la primera organización de integración regional que firma un tratado de derechos humanos18. Todas las instituciones y agentes de la Unión Europea tendrán que asumir los valores de la convención en todas las políticas de su competencia velando por la incorporación de una perspectiva de la discapacidad: desde el transporte hasta el empleo y las tecnologías, desde la información y la comunicación hasta la cooperación para el desarrollo. También tendrán que ajustar la accesibilidad de sus propios edificios, su política de empleo y de comunicaciones.

¿Qué es “disablismo”?

Abilism isn't always obvious, it doesn't carry a neon sign in our thoughts and actions saying "We are being abilist", but it no less is there. 
A disabled activist

“Disablismo” (derivado del inglés “disable - con discapacidad) es un término usado pero no reconocido en español. Puede definirse como la discriminación, opresión, el comportamiento abusivo que surge de la creencia de que las personas con discapacidad son inferiores a los demás. “Disablismo” se refiere a los prejuicios, los estereotipos, o “discriminación institucional” contra las personas con discapacidad. El principal problema del “disablismo” (también conocido como abilismo o ableismo19) es que no es fácil de identificar. En muchos casos, las personas no se dan cuenta de que existe. Disablismo se refiere sobre todo a la actitud de las personas: no solamente a conductas conscientemente discriminatorias, sino también a la forma en la que la gente inconscientemente se refiere a las personas con discapacidad. El inconsciente de las actitudes discriminatorias es mucho más difícil de abordar que los actos conscientes de discriminación, pero ambos deben ser también parte de la lucha por los derechos humanos.

Toda persona tiene derecho a tener ambiciones y la responsabilidad de tratar de lograrlas tanto como pueda.
Simon Stevens20

La gran mayoría de la gente diría que no está en contra de las personas con discapacidad, y esto puede ser cierto. Sin embargo, la mayoría de los países todavía no trata a las personas con discapacidad como iguales, y no podemos apreciar los obstáculos que existen en la sociedad para que estas personas vivan vidas “normales”. Por ejemplo, algunas usan espacios de estacionamiento reservado a personas con discapacidad, con el resultado de que los conductores minusválidos pueden tener que volverse a casa. El disablismo impregna todas las capas de la sociedad. El disablismo consciente por motivos económicos es generalizado (por ejemplo, la discriminación en la contratación), pero es el disablismo inconsciente, como resultado de la ignorancia o la falta general de conocimiento, lo que da más motivos de preocupación. Esto puede manifestarse en una “actitud del apartheid”, es decir, la planificación social inclusiva no es de gran importancia ya que las personas con problemas de movilidad tienen sus propios edificios, instituciones y medios de transporte separados. El disablismo se pone también de manifiesto en el uso generalizado de las entradas separadas y desiguales a los edificios públicos de las personas con discapacidad. Un entorno no “disablista” sería permitir que las personas de edad avanzada, las madres con niños pequeños y otros temporal o permanentemente afectados tengan igual acceso a los centros comerciales y a otras instituciones o espacios públicos.

Pregunta: ¿Qué áreas de tu entorno local serían inaccesibles si quedas incapacitado?

Los jóvenes y la discapacidad

Las estimaciones sugieren que hay entre 180 y 220 millones de jóvenes con discapacidad en todo el mundo y cerca del 80% de ellos vive en países en desarrollo.21

La incorporación de la discapacidad es el proceso de evaluar las implicaciones para las personas con discapacidad de cualquier acción planificada, incluyendo la legislación, las políticas y los programas, en todas las áreas y en todos los niveles.22 Es importante trabajar hacia la incorporación de la discapacidad en todas las cuestiones relativas a los jóvenes, y hacia la integración de la juventud en todas estas cuestiones. Los discapacitados y los jóvenes deben ser cuestiones clave en la formulación de cualquier política. Con el fin de diseñar políticas eficaces, para un mayor conocimiento de las cuestiones de la discapacidad por parte de los encargados de adoptar decisiones, los jóvenes con discapacidad deben participar en la toma de decisiones. Esto solo se logrará a través de una estrecha colaboración de las instituciones del estado con las organizaciones de personas con discapacidad.

El reto aquí es que son muy pocas las organizaciones que representan los intereses de los jóvenes con discapacidad o que están siendo lideradas por los jóvenes con discapacidad. En el plano internacional y regional, los representantes más activos de la discapacidad y de los problemas de la juventud son entre otros la Federación Internacional Juvenil de Audición, las Voces Juveniles de Discapacidad Leonard Cheshire, la Red de Jóvenes Africanos con Discapacidad, la Fundación Pineda para la Juventud, la Federación Mundial de Sordos, y el Comité Juvenil del Foro Europeo de la Discapacidad.

 

Federación Internacional de Jóvenes con problemas auditivos (IFHOHYP)


IFHOHYP es una organización no gubernamental internacional de organizaciones nacionales y regionales de juventud dedicada a los jóvenes con problemas de audición de todo el mundo. La Federación trabaja para mejorar la calidad de vida de personas con problemas auditivos de estos jóvenes y promueve la igualdad de derechos en todos los niveles de la sociedad. IFHOHYP coopera activamente con el Consejo de Europa, por ejemplo, organizando sesiones de estudio para jóvenes, y ha sido miembro del Consejo Asesor de la Juventud del Consejo de Europa en varias ocasiones. Otras actividades de la Federación Internacional incluyen campamentos de verano, programas de formación, talleres y cursos de inglés para jóvenes con discapacidad auditiva.

El derecho a la educación

Comité Juvenil del Foro Europeo de la Discapacidad
El Comité fue establecido en el año 2000 con el objetivo de integrar a los jóvenes en todas las políticas del FED y la toma de conciencia sobre las necesidades de los jóvenes con discapacidad en EDF y de la UE.
"Jóvenes y con discapacidad: los desafíos diarios”, es una publicación del Comité Juvenil la FED, donde se arroja luz sobre los obstáculos que enfrentan los jóvenes con discapacidad en los diversos ámbitos de la vida, desde la sexualidad a la educación para el empleo.

Durante décadas, las escuelas especiales para las personas con discapacidad han sido vistas como una herramienta de segregación, y a menudo se critica estar por debajo del valor de la enseñanza general. Ha habido mucho debate sobre las ventajas y desventajas de la educación segregada y escuelas especiales, en lugar de una educación especial en los sistemas generales de enseñanza. Cualquiera que sea el resultado de este debate, los jóvenes con discapacidad y sus familias deben tener el derecho de elegir entre una escuela especial y una común, basados en las necesidades específicas de un niño. Una ventaja clave de la educación inclusiva es que la integración de los alumnos con discapacidad y sin ella en los primeros años de escolaridad puede ayudar a evitar los prejuicios y contribuir a la inclusión de las personas con discapacidad en la sociedad.

Algunos de los principales problemas con que se enfrentan los niños y los jóvenes con discapacidad son los edificios escolares o materiales de enseñanza inaccesibles, la falta de personal capacitado en determinadas necesidades de las personas con discapacidad, la discriminación directa e indirecta. Debe haber oportunidades para que los niños y jóvenes con discapacidad en las escuelas, ya sean inclusivas o especializadas, preparándose para la vida, desarrollando las competencias sociales necesarias para la participación en pie de igualdad en el ámbito de la educación, tener el apoyo de los compañeros y mentores y acceso a las tecnologías y a metodologías asequibles.

La educación no formal y el aprendizaje activo que proporciona pueden ser más inclusivos para las personas con discapacidad, que el sistema de educación formal. Debido a las posibilidades limitadas en sistemas de educación especial o de la exclusión social, la falta de habilidades en las redes sociales y en idiomas es más frecuente entre las personas con discapacidad que entre sus compañeros. Estos factores hacen que la educación no formal sea particularmente importante para las personas con discapacidad, ya que pueden ayudar a articular la preparación necesaria para la vida que no ha sido proporcionada por la educación formal. También existe la necesidad de introducir la dimensión de la discapacidad más en los cursos de formación, mediante la inclusión de actividades que podría llevar a los participantes al contacto con dimensiones que algunos podrían no haber encontrado antes, o fomentar la participación de los jóvenes con discapacidad en las principales actividades de los cursos de formación.

Proyecto Intercambiar Capacidad

La Red de Estudiantes Erasmus (ESN), la Juventud Ágora y el Foro Europeo de la Discapacidad han creado el proyecto Intercambiar Capacidad con el apoyo del Consejo de Europa para que la ESN sea accesible para estudiantes con discapacidad en todos los niveles de sus actividades. El proyecto, que se ejecutó en e l año académico 2009-2010, con el objetivo de aumentar el número de estudiantes de intercambio con discapacidad y crear las mejores condiciones para ellos durante su estancia en el extranjero. Un proyecto de seguimiento con los nuevos asociados se inició en 2010. Más información en www.exchangeability.eu.

El derecho a la participación en la vida pública, política y cultural

La UNESCO estima que el 98% de los niños con discapacidad en los países en desarrollo no asisten a la escuela y el 99% de las niñas con discapacidad son analfabetas.

Los jóvenes con discapacidad consideran la participación en la sociedad la clave de su objetivo general, que es el de lograr la plena inclusión, co n el reconocimiento de sus necesidades y derechos. Muchos jóvenes con discapacidad quieren participar en las organizaciones no especializadas cuando esto es posible. En las organizaciones no especializadas los jóvenes son capaces de encontrarse en pos de un interés común. Los jóvenes con discapacidad no siempre tienen esa opción, debido a las barreras físicas y psicológicas23.
Las barreras para una mayor participación incluyen la ausencia de estructuras a nivel local o nacional para la representación de las personas con discapacidad y de sus preocupaciones. La falta de información es otra barrera. La información sobre si los edificios son físicamente accesibles o si hay instalaciones para la audición o la ceguera es a menudo inaccesible o no está disponible. Esta falta de información sobre accesibilidad, y a veces el miedo a la falta de acceso, impide a menudo que las personas con discapacidad participen en los eventos.
Un obstáculo persistente para la participación es la conciencia de su identidad: si la gente se considera “discapacitado” o miembro de una “minoría”. Algunas personas con discapacidad no quieren verse a sí mismas como una minoría, ya que esta tiene connotaciones negativas para ellos; otros no se consideran a sí mismas como personas con discapacidad, sino miembros de las minorías lingüísticas y culturales. En términos de participación política, el derecho al voto se niega a muchas personas con discapacidad si carecen de capacidad jurídica, o cuando los procedimientos de votación son inaccesibles.

Es la capacidad lo que importa, no la discapacidad, que es una palabra que no me vuelve loco usar.
Marlee Matlin, sorda, actriz y ganadora de un Oscar

Cuando se trata de la participación y la inclusión de las personas con discapacidad, el papel de los medios de comunicación en la sensibilización sobre los derechos de las personas con discapacidad y el cambio de actitud es fundamental. Los medios de comunicación de masas a menudo presentan a personas con discapacidad falsamente en uno u otro extremo: o bien como pobre y objeto de compasión, o celebrándolos como héroes que se atreven a vivir. Esa imagen sólo contribuye a los estereotipos y no ayuda a comprender a las personas con discapacidad que forman un grupo tan interesante y diverso como cualquier otro grupo en la sociedad.

Sin fronteras ni barreras

El SALTO folleto “Sin fronteras, sin fronteras“24 aborda cómo ejecutar proyectos internacionales mixtos para jóvenes con y sin discapacidad. Da consejos y directrices específicos para los profesionales que trabajan con jóvenes y para las organizadores del proyecto sobre, por ejemplo, cómo interactuar con las personas con diferentes discapacidades, la forma de financiar los proyectos juveniles o cómo organizar cursos de formación para ellos.
www.salto-youth.net/rc/inclusion

Notas finales

El Centro de Ayuda para la Discapacidad Mental con las organizaciones asociadas puso en marcha una campaña para promover el derecho a votar de las personas con discapacidad: www.savethevote.info.

1 www.un.org/esa/socdev/enable/dis50y10.htm
2  Nota: el término “handicap”, ya no se considera apropiado o en consonancia con la comprensión contemporánea de la discapacidad. Las preferencias de terminología entre las personas con discapacidad y entre regiones geográficas pueden variar. Debe respetarse en la medida de lo posible la voluntad individual de las personas con discapacidad.
3 OMS, “La discapacidad y la Salud” Hoja informativa N° 352, 2011: www.who.int/mediacentre/factsheets/fs352/en/index.html
4 Las Naciones Unidas, 2008, “La incorporación de la discapacidad a la agenda del desarrollo (E/CN.5/2008/ 6)”: www.un.org/disabilities/documents/reports/e-cn5-2008-6.doc
5 Las Naciones Unidas, 2006, “Algunos datos sobre las personas con discapacidad”, Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: wwww.un.org/disabilities/convention/pdfs/factsheet.pdf
6 OMS, “Informe Mundial sobre la discapacidad”, 2011: www.who.int/disabilities/world_report/2011/report/en
7 Departamento de Desarrollo Internacional (DFID) 2000, “Discapacidad, Pobreza y Desarrollo”, DFID, REINO UNIDO
8 Mckee, Barbara, Discapacitados y el holocausto: Persecución de los discapacitados, 2004: www.eastrenfrewshire.gov.uk/holocaust/holocaust_remembrance_2004_-_other_victims/holocaust_remembrance_2004_-_disabled___the_holocaust.htm
9 Comentarios escritos presentados conjuntamente por el Centro de Derechos Reproductivos, Foro Europeo de la Discapacidad, el Centro Internacional para la Protección Jurídica de los De rechos Humanos, Alianza Internacional en Materia de Discapacidad, Centro de Ayuda para la Discapacidad Mental, 16 2011 Agosto: http://mdac.info/sites/mdac.info/files/Gauer%20v%20%20France_Submission_ECHR_FINAL.pdf
10 Tribunal Europeo de Derechos Humanos, “Los Derechos Reproductivos, Hoja informativa”, 2011:
www.echr.coe.int/NR/rdonlyres/4B7D24F7-F9EF-4749-B16B-68E650B95C5A/0/FICHES_droits_procr%C3%A9ation_EN.pdf
11 Departamento de Información Económica y Social y Análisis de Políticas, 1994
12 Oliver, Michael, entender la discapacidad: de la teoría a la práctica, 1996, Macmillan: Basingstoke.
13 Morris, Jenny, orgullo contra los prejuicios: transformar las actitudes hacia la discapacidad, 1991, las mujeres de prensa: Londres.
14 Manual para parlamentarios, n.º 14, 2007, De la exclusión a la igualdad: realización de los derechos de las personas con discapacidad. Naciones Unidas y la Unión Interparlamentaria: www.un.org/disabilities/default.asp?id=212
15 El término “retrasados mentales” no es actual y ya no está en la línea de la comprensión contemporánea de la discapacidad.
16 www.ohchr.org/EN/HRBodies/CRPD/Pages/CRPDIndex.aspx
17 www.internationaldisabilityalliance.org  
18 Comunicado de Prensa del Foro Europeo de la Discapacidad, el 5 de enero de 2011: www.edf-feph.org/Page_Generale.asp?DocID=13855&thebloc=26586  
19 Nota: “Ableismo” es el término preferido por algunos expertos e investigadores, ya que no se centra solamente en la discapacidad, sino en la formación de la capacidad que está siempre en relación con la discapacidad.
20 www.simonstevens.com
21 Naciones Unidas Reunión de Alto Nivel sobre la juventud, “Los jóvenes con discapacidad” Hoja Informativa: http://social.un.org/youthyear/docs/Fact%20sheet%20youth%20with%20disabilities.pdf
22 Carol Miller y Bill Albert, “La incorporación de la discapacidad en el desarrollo: lecciones de la incorporación de una perspectiva de género", 2005: www.dfid.gov.uk/r4d/PDF/Outputs/Disability/RedPov_gender.pdfp
23 “Los jóvenes y los discapacitados: retos diarios para la Igualdad”, publicación del Comité Juvenil FED,, 2009: www.edf-feph.org/Page.asp?docid=18486&langue=EN
24 “No hay barreras, no hay fronteras”, SALTO-YOUTH Inclusion Resource Centre, 2008:
www.salto-youth.net/downloads/4-17-913/NoBarriersNoBorders.pdf