Atrás El Comité Europeo de Derechos Sociales señala importantes deficiencias en la protección de los derechos laborales en toda Europa

Entre los problemas figuran las jornadas laborales excesivas y la brecha salarial de género
Los empleados en la economía de los trabajos temporales, los teletrabajadores y quienes desempeñan empleos que requieren una atención más intensa son algunos de los que necesitan más garantías

Los empleados en la economía de los trabajos temporales, los teletrabajadores y quienes desempeñan empleos que requieren una atención más intensa son algunos de los que necesitan más garantías

El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha publicado sus conclusiones del año 2025. Estas evaluaciones jurídicas del cumplimiento de los principales derechos laborales protegidos por la Carta Social Europea por parte de los países firmantes han revelado deficiencias en la garantía de los derechos laborales en muchos países europeos.

“A pesar de algunos signos de progreso, el comité está muy preocupado por el largo camino que queda por recorrer en muchos Estados parte en lo que respecta a la garantía de los principales derechos laborales protegidos por la Carta Social Europea. Las conclusiones del comité de 2025 ponen de manifiesto que entre los principales desafíos se encuentran las jornadas laborales excesivas, las garantías inadecuadas para determinados tipos de empleo (los de la economía gig o de las plataformas, los teletrabajadores o los empleos que requieren una atención intensa o un alto rendimiento) y la persistente brecha salarial de género”, ha destacado Aoife Nolan, presidenta del Comité Europeo de Derechos Sociales.

El CEDS ha señalado que en los países miembros no se han tomado medidas para fomentar o reforzar la libertad de asociación de los trabajadores en los sectores mencionados, que sufren tradicionalmente de una baja tasa de sindicalización.

Amplia gama de países examinados

Las conclusiones examinan la aplicación de la Carta Social en aquellos países que no han aceptado el procedimiento de reclamaciones colectivas, que permite a los interlocutores sociales, las ONG internacionales y otras partes presentar reclamaciones por violaciones de derechos ante el Comité. Se han centrado en disposiciones específicas relativas a las condiciones de trabajo justas, seguras y saludables, la remuneración justa, el derecho de sindicación y de negociación colectiva, y la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en el empleo.

Los países afectados son: Alemania, Andorra, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Dinamarca, Estonia, Georgia, Hungría, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia del Norte, Malta, la República de Moldavia, Montenegro, Países Bajos en lo que respecta a Curazao, Polonia, la República Eslovaca, Reino Unido, Rumanía, Serbia, Türkiye y Ucrania.

El CEDS ha animado a los países signatarios a que actúen rápidamente para cumplir las recomendaciones, a que refuercen la protección de todos los trabajadores y a que promuevan la igualdad y los derechos colectivos como fundamentos de la justicia social y la inclusión en toda Europa.

Estas evaluaciones jurídicas subrayan el papel crucial de la Carta Social Europea como salvaguarda de los derechos sociales en Europa y la labor del CEDS como guardián de esos derechos. (Leer más...)


 European Committee of social rights

 European Social Charter

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