La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa ha votado por 71 votos a favor, 26 en contra y 2 abstenciones pedir a los países europeos que adopten legislación para prohibir las prácticas de conversión. Según ha declarado, los Estados deben «prever sanciones penales [...] basadas en una definición clara y exhaustiva de las prácticas proscritas». También ha manifestado que deben establecerse mecanismos de supervisión y denuncia.
La Asamblea Parlamentaria ha subrayado que la experiencia de países pioneros en este ámbito, como Malta, podría aportar valiosas ideas para orientar las reformas legislativas.
El órgano, compuesto por legisladores de 46 países de todo el continente, ha tomado esta decisión en el marco de su sesión plenaria en Estrasburgo.
¿Qué son las prácticas de conversión?
La resolución aprobada afirma que estas prácticas —también denominadas terapias de conversión o reparadoras— pretenden «cambiar, reprimir o suprimir o eliminar la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de una persona», basándose en la falsa creencia de que tales características personales son «patológicas o no deseables». El informe en el que se ha basado la resolución fue elaborado por Kate Osborne (Reino Unido, SOC).
Preocupada por la persistencia de las prácticas de conversión en los Estados miembros —a menudo de forma encubierta— y considerando que carecen de base científica y tienen consecuencias perjudiciales para las personas sometidas a ellas, la Asamblea Parlamentaria estima que «es sumamente urgente [...] actuar para prevenir y contrarrestar el daño causado». Se trata tanto de un imperativo de salud pública como de una cuestión de respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, según afirmaron los parlamentarios, recalcando la importancia de la autonomía personal, protegida por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. (Leer más...)

