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Conclusiones del Comité Europeo de Derechos Sociales sobre derechos laborales

El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha publicado sus Conclusiones 2022 respecto a 33 Estados sobre los artículos de la Carta Social Europea relativos a los derechos laborales. Siguiendo su procedimiento de elaboración de informes, el CEDS ha adoptado 611 conclusiones: 255 de no conformidad con la Carta y 245 de conformidad. En 111 casos, el CEDS no fue capaz de evaluar la situación debido a la insuficiente información (“aplazamientos”).

En relación al derecho a unas condiciones de trabajo justas, el CEDS ha constatado que en algunos países las leyes no garantizan el derecho a una jornada laboral semanal razonable para determinadas categorías de trabajadores y también ha señalado que en algunos empleos la jornada laboral puede superar las 16 horas e incluso llegar a las 24 horas. En muchos países, el CEDS concluye que el trabajo realizado en días festivos no se remunera adecuadamente y que el derecho de todos los trabajadores a días festivos remunerados no está garantizado. Además, en algunos países los trabajadores y trabajadoras que sufren enfermedades o lesiones durante sus vacaciones no tienen derecho a disfrutar de los días perdidos en otro momento.

La información proporcionada al CEDS sobre remuneración justa revela que en varios países el salario mínimo legal o los salarios mínimos que fijan los convenios colectivos son demasiado bajos en comparación con el salario medio y no garantizan un nivel de vida digno.

Respecto a la obligación de los Estados de promover la consulta colectiva entre empresarios y trabajadores, el CEDS ha observado una insuficiente promoción de la negociación colectiva y restricciones al derecho a la negociación colectiva para ciertas categorías de trabajadores.

El CEDS ha constatado que, en algunos casos, los trabajadores no tienen garantizado el derecho efectivo a participar en los procesos de toma de decisiones en la empresa sobre las condiciones de trabajo, la organización del trabajo y el entorno laboral, tampoco disponen de recursos legales en caso de vulneración de su derecho a participar en la determinación y mejora de las condiciones de trabajo y el entorno laboral.

En varios países, el CEDS ha observado la falta de reparación adecuada y efectiva (indemnización y reincorporación) en casos de acoso sexual, así como la ausencia de prevención adecuada del acoso sexual en el lugar de trabajo.

No obstante, el CEDS ha señalado su satisfacción por los avances positivos en algunos países respecto a las restricciones al derecho de huelga y las medidas legislativas relativas a la definición y prohibición del acoso y del acoso sexual en el trabajo.


 Nota de prensa [EN, FR]


 Más información

Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) Estrasburgo 22 Marzo 2023
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